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Reglamento de Apoyo Económico Reembolsable – Línea de sedes sociales

Reglamento de Apoyo Económico Reembolsable – Línea de sedes sociales Sintrasanignacio agosto 28, 2026

Reglamento de Apoyo Económico Reembolsable – Línea de sedes sociales

Reglamento de Apoyo Económico Reembolsable – línea de sedes sociales

El presente reglamento tiene por objeto establecer las condiciones, procedimientos y responsabilidades para la solicitud, otorgamiento, manejo y recuperación de los apoyos económicos reembolsables otorgados por el Sindicato en la Línea de Mutua Ayuda Sedes Sociales con el fin de promover la recreación y disfrute de las sedes sociales de la organización por sus afiliados.

El apoyo económico reembolsable no constituye préstamo ni genera intereses, en cumplimiento del Artículo 3 de la Ley 79 de 1988 y los Artículos 353 y 355 del Código Sustantivo del Trabajo. Su carácter es solidario y temporal, orientado al bienestar social del afiliado y permitido dentro de las actividades autorizadas para organizaciones sindicales.

Podrán acceder a esta línea de apoyo los afiliados que:

a. Sean afiliados activos del Sindicato.

b. Tengan una antigüedad mínima de tres (3) meses de afiliación a la organización.

c. Se encuentren a paz y salvo con obligaciones sindicales.

d. No tengan otro apoyo reembolsable vigente de la misma línea.

e. Presenten la documentación y justificación requerida.

La Línea de Mutua Ayuda está destinada a atender algunas situaciones:

  • Necesidades de recreación del afiliado.
  • Disfrute de las sedes sociales de la organización.
  • Y demás situaciones asociadas de carácter recreativo que requieran apoyo solidario.

La organización sindical tiene a disposición la siguiente línea de apoyo económico:

Línea de Apoyo Económico Sedes Sociales (AER Sedes Sociales):

  • Valor: Depende del monto y solicitud que realice el trabajador.
  • Plazo máximo: seis (6) meses.
  • El 0.5 % mensual como gasto administrativo se descontará anticipadamente en el momento del desembolso, mediante el sistema de libranza y se registrará como recuperación de gastos administrativos.
  • El apoyo se formalizará mediante la Autorización de Descuento por Libranza firmada por el afiliado.

 

  • Diligenciar el formato de solicitud establecido por la organización y anexar soportes: fotocopia de cédula, certificado laboral variable, dos últimos desprendible de nómina, certificación bancaria, contar con capacidad de endeudamiento.
  • Aprobación y firma de la Autorización de Descuento por Libranza por gestión humana.
  • Registro contable del desembolso y entrega del recurso al afiliado.

a. El reintegro del apoyo se realizará mediante descuento por nómina.

b. Si el descuento no puede realizarse, el afiliado deberá consignar directamente durante los primeros cinco (5) días del mes.

c. En caso de retiro laboral, el saldo pendiente podrá descontarse de liquidación, prestaciones o indemnizaciones, previa autorización del afiliado.

a. Se considera mora cuando el afiliado deje de cancelar dos (2) cuotas consecutivas.

b. El Sindicato podrá ejecutar la cláusula ejecutiva contemplada en la autorización.

c. El afiliado podrá quedar temporalmente inhabilitado para acceder a otros beneficios sindicales hasta normalizar el pago.

La Tesorera administrará el proceso, verificará requisitos y realizará seguimiento.

El área contable registrará:

  • Cuentas por cobrar por apoyos reembolsables.
  • Recuperación del 5 % mensual como gasto administrativo.

En concordancia con el presente reglamento de APOYO ECONÓMICO REEMBOLSABLE de Sedes Sociales,se incorporan el Reglamento y Políticas  vigentes del uso de las sedes sociales  de la organización sindical: 

POLÍTICAS Y REGLAMENTO DE RESERVA SEDES SOCIALES

CARMEN DE APICALA Y RICAURTE

 Por medio del cual la Junta Directiva de Sintrasanignacio reglamenta la prestación y utilización del servicio de hospedaje en las sedes sociales y vacacionales.

  1. Que en la actualidad se cuenta con dos sedes sociales o vacacionales:
  • Una Casa: Ubicada en Carmen de Apicalá, Tolima, en condominio, en el sector en sector urbano, con capacidad de mínimo 4 a máximo 12 personas. La cual está completamente dotada para su estadía, equipada en las alcobas, baños, cocina y áreas comunes, cuenta con un jacuzzi para niños y adultos, un kiosco con ventilador para goce del afiliado(a), con tres piscinas comunales y cuenta con parqueadero vigilado.
  • Un Apartamento: Ubicado en Ricaurte, Tolima, en un conjunto residencial, con capacidad de mínimo 4 a máximo 8 personas. Dotada para su estadía, equipada en alcobas, baños, cocina y áreas comunes, tiene un jacuzzi para niños y adultos, piscina en el conjunto y parqueadero.
  1. Con base en la experiencia de la prestación de este servicio, se debe actualizar su reglamentación, tratando de lograr mediante él, una prestación más equitativa y amplia en beneficio de sus números de afiliados y un mayor uso de las dos sedes sociales.
  2. Que por decisión de asamblea de delegados del día 13 de octubre de 2023, ordena darle prioridad a los afiliados que no han gozado de estas.

Todos los afiliados(as) a la organización sindical y sus familiares podrán usar las sedes sociales, quienes se denominarán usuarios.

Parágrafo 1: Los trabajadores vigentes, pensionados, beneficiarios y casos excepcionales serán evaluados por la junta directiva.

Para utilizar el servicio de las sedes sociales, los afiliados(as) pueden realizar su solicitud de reserva al único correo sintrasanignaciosedesocial@husi.org.co; mencionando número de personas, niños menores de 5 años, quienes tendrán que llevar registro civil a la hora de la legalización de la reserva, teléfono de contacto y fechas a reservar entendiéndose que fin de semana se reserva desde el viernes hasta el domingo, o festivos consecutivos, posterior a mencionadas solicitudes se confirmará la reserva según disponibilidad en cuanto a fecha requerida por el afiliado según la solicitud realizada.

Se manejará única tarifa, decisión de junta por un valor de $40.000 por persona, año 2024, se paga por noche de hospedaje. El periodo de alojamiento en las sedes vacacionales será ilimitado, máximo podrán ser utilizadas por 7 días consecutivos por asociado, la comisión se reserva el derecho de admisión.

La reserva es personal. El afiliado(a) que obtenga reserva deberá suscribir, bajo su responsabilidad, el pagaré de uso del servicio con el sindicato en formato de solicitud, en el que constan su responsabilidad, valor total, forma de pago, comportamiento, día de inicio y terminación. En caso de no utilización o mal uso, se cobrará la sanción mencionada estipulada en el (Art 9). El usuario deberá comprometerse a recibir y entregar los enseres con base en el inventario entregado a la llegada de la sede social.

Los afiliados(a) y acompañantes deberán acogerse a la reglamentación existente en cada sede social en particular. No se hará devolución de dinero si el asociado utilizó menos días de los solicitados o si utilizó el Centro con menor número de personas. Las personas responsables de la adjudicación de la reserva podrán recibir visitas siempre y cuando no sean para dormir en las instalaciones de las sedes sociales.

La organización sindical cobrará por noche el uso del servicio según el criterio de la Junta Directiva. Cada año se realizará un incremento en la tarifa en la fecha que determine la administración.

PARÁGRAFO 1: La forma de pago será de contado, a crédito (libranza) o mixta, esto es, un abono correspondiente en efectivo el cual será consignado a la cuenta oficial de sedes sociales más la libranza para el pago total debidamente aprobada por la comisión de reservas y visto bueno de presidencia y tesorería antes del viaje.

PARÁGRAFO 2:Para confirmar la reserva el afiliado(a) deberá pagar el treinta por ciento (30%) del valor total de la reserva como anticipo. Este se puede pagar a crédito o de contado y se hará por cada reserva de sede social.

El anticipo puede ser mayor si el afiliado(a) lo desea, nunca podrá ser menor. El pago del anticipo debe realizarse dentro de las 2 fechas de citación para legalizar la reserva; de lo contrario será anulada. Cuando hay modificaciones en la reserva, el valor del anticipo cambiará según la modificación y debe pagarse antes de los 7 días del inicio de la reserva, Si el afiliado(a) no hace uso de la reserva no habrá devolución del anticipo del 30%, excepto que sea por motivos de fuerza mayor ocurridos al afiliado(a) o algún miembro de su grupo familiar o invitado debidamente comprobada, para lo cual deberá presentar los certificados pertinentes para ser evaluados por la junta directiva de Sintrasanignacio con plazo máximo de 30 días calendario, En caso de generarse sanción por no utilización, el anticipo del 30% hará parte del valor de la sanción.

PARÁGRAFO 3: Los niños menores de cinco (5) años no se les cobrará tarifa, pero es indispensable presentar el registro civil a la hora de realizar la legalización de la reserva.

PARÁGRAFO 4:En caso de cancelar la reserva con justa causa y haber cancelado de contado, el valor correspondiente se realizará la devolución de la obligación y se debe informar únicamente a través de los siguientes canales según el medio utilizado para realizar la reserva inicial: Portal Web: correo electrónico sintrasanignaciosedesociales@husi.org.co

El ingreso a la sede social asignada requerirá de autorización escrita del representante legal de Sintrasanignacio, la cual será entregada previamente a la fecha del viaje con copia a la administración de la sede.Los horarios de ingreso a las sedes:

1. Casa Carmen de Apicalá: La hora de ingreso a la casa es a partir de las 8:00 am hasta las 16:00 pm.

Así mismo, la hora en la que el afiliado(a) debe entregar la casa el día de su salida será máximo hasta la 15:00 pm.

2. Apartamento Ricaurte: La hora de ingreso a la casa es a partir de las 8:00 am hasta las 16:00 pm.

Así mismo, la hora en la que el afiliado(a) debe entregar la casa el día de su salida será máximo hasta la 15:00 pm.

Son deberes de los afiliados(as) sus familiares y acompañantes que se encuentren usando las sedes sociales los siguientes:

1. Recibir y entregar la sede social según el inventario de entrega con el administrador y firmar el acta correspondiente.

2. Recibir y entregar la sede social en los horarios establecidos en la autorización de ingreso.

3. Acatar siempre las normas de la copropiedad donde está la sede social.

4. Comportarse de manera respetuosa con los colaboradores de Sintrasanignacio, la administración de la copropiedad y demás vecinos, ocupantes o visitantes.

5. Acatar las instrucciones que impartan los funcionarios de la administración de la respectiva copropiedad o de Sintrasanignacio.

6. Usar en debida forma los electrodomésticos, muebles y enseres, vehículos, ascensores y demás bienes muebles e inmuebles con que se encuentre dotada la respectiva sede social y la copropiedad de que haga parte aquella.

7. Cumplir responsablemente con el cuidado e higiene de las mascotas dentro de la sede social. Recoger los excrementos y depositarlos en bolsas de basura, no permitir que las mascotas usen las áreas de descanso o sumergirse en el jacuzzi de la sede social, el uso de correa en caso necesario.

8. Entregar directamente la sede social al funcionario dispuesto por Sintrasanignacio para tales eventos y firmar la respectiva acta de entrega o inventario.

9. Responder completa y oportunamente por los daños o perjuicios causados a Sintrasanignacio, la copropiedad o terceros.

PARÁGRAFO: Los deberes indicados se incluirán en la autorización de ingreso a la sede social.

 

El incumplimiento a los deberes y prohibiciones establecidos en el presente reglamento que afecte las sedes sociales, por parte del afiliado(a), su grupo familiar o de acompañantes, se considera falta grave y se sancionará conforme se indican enseguida, teniendo en cuenta siempre la proporcionalidad de la sanción frente a la falta cometida.

PARÁGRAFO 1: COMPORTAMIENTO INADECUADO.

Cuando el afiliado(a) muestre comportamiento inadecuado en alguna de las sedes sociales será sancionado con la suspensión del servicio hasta (1) un año, esto será evaluado por la Junta Directiva de Sintrasanignacio.

PARÁGRAFO 2: COBRO DE DAÑOS Y SUPERVISIÓN.

Los muebles, enseres, espacios de recreación y acabados de las sedes sociales que se destruyan o dañen a causa del mal uso de las personas responsables de La reserva, según reporte del administrador en el formato control de utilización del servicio (pendiente aprobación de junta directiva) y previa firma del afiliado(a), serán cobrados según el valor comercial. Por medio del contrato suscrito, el sindicato Sintrasanignacio queda autorizado para reponerlos a cuenta del asociado mediante deducción de nómina sin mediar solicitud escrita o realizando el pago por transferencia a la cuenta de ahorros destinada para las sedes sociales, antes del egreso de la sede social.

La Junta Directiva, para aplicar las sanciones originadas en el incumplimiento al presente reglamento y su contrato, deberá hacerlo conforme al procedimiento estipulado en los Estatutos. En caso de que los compañeros presenten comportamientos agresivos o demandantes hacia la comisión de reservas, se escalará el caso a la fiscalía de la organización para que determinen el proceso o sanciones que se les aplicará a los afiliados.

 

El afiliado(a) deberá cumplir con la reglamentación general y específica definida por Sintrasanignacio, el manual de convivencia, políticas y protocolos definidos para el uso y goce de las sedes sociales, así como cualquier otra normatividad que sea aplicable de cualquier índole.

Cualquier situación no prevista será resuelta por la Junta Directiva, en coherencia con la normativa sindical, laboral y contable aplicable.

Aprobado el día 17 de abril del 2026; por la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Hospital Universitario San Ignacio – SINTRASANIGNACIO.

Vigencia: A partir de su aprobación.

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